Señora Presidenta,
He recibido su carta de agosto 11 de 2009 relativa a los actos impugnados realizado por el Federación Cinológica Internacional.
La aplicación de la Directiva 91/174 relativa a las condiciones zootécnicas y genealógicas que regulan la comercialización de animales criados en Bélgica es de la competencia de las Regiones, y no del Gobierno Federal.
Pero puedo decirles que la Federación Cynologique Internacionale y Cynologique Royale Union Saint-Hubert son organizaciones de derecho privado. Estas asociaciones no están sujetas a ninguna base formal desprendida de la Directiva 91/174 y no están facultados para actuar en nombre del Gobierno Belga.
Le ruego acepte, Señora Presidente, las seguridades de mi más alta consideración.
